Se ha publicado en el BOE la Resolución por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre por el que se establecen los términos y condiciones del cuarto y quinto tramo de la línea de avales aprobada por Real Decreto-ley 25/2020.
Los nuevos tramos de la línea de avales tienen la finalidad principal de financiar inversiones y necesidades de liquidez de pymes y autónomos pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas (como transporte), así como para reforzar los reavales concedidos por CERSA. A continuación se extractan las medidas más relevantes de esta resolución desde el punto de vista empresarial. |
Cuarto tramo:
Se libera un tramo de hasta 500 millones de euros para avalar la financiación otorgada por las entidades financieras a pymes y autónomos pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas (CNAE recogidos en el BOE), que tengan domicilio social en España, no figuren en situación de morosidad, no estén sujetos a procedimiento concursal y se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19.
Características de los préstamos elegibles:
- Formalizados con posterioridad al 24 de diciembre de 2020.
Importe nominal máximo del aval y plazo:
- El aval ascenderá como máximo al 90 % de la operación.
- Para operaciones con deudores que reciban ayuda pública por un total igual o inferior a 800.000 euros, el plazo del aval coincidirá con el plazo del préstamo, con un máximo de 8 años.
- Para operaciones con deudores que reciban ayuda pública por un total superior a 800.000 euros, el plazo del aval coincidirá con el plazo del préstamo, con un máximo de 6 años. En este caso, el importe del aval no podrá superar el mayor de:
o El doble de los costes salariales anuales del cliente (2019)
o El 25 % de la facturación del cliente en 2019
o Estos criterios se podrán superar para cubrir las necesidades de los próximos 18 meses de autónomos y pymes, con la justificación adecuada y certificando las necesidades de liquidez.
Remuneración del aval:
- Para operaciones con deudores que reciban ayuda pública por un total igual o inferior a 800.000 euros, el coste del aval ascenderá hasta 20 p.b.
- Para el resto de operaciones la remuneración de los avales será la contenida en la siguiente tabla:
Pymes y autónomos hasta 90% | |
Avales con vencimiento hasta 1 año | 25 p.b. |
Avales con vencimiento superior a 1 año y hasta 3 años | 50 p.b. |
Avales con vencimiento superior a 3 años y hasta 6 años | 100 p.b. |
Comisión de gestión y administración:
0,05 % flat, calculada sobre el volumen de la cartera avalada prorrateada cinco años para empresas no emisoras en MARF y prorrateada dos años para emisiones en MARF.
Periodo de solicitud:
Los avales podrán solicitarse al ICO hasta el 1 de junio de 2021.
Quinto tramo:
Se libera un tramo de hasta 500 millones de euros para reforzar el aval concedido por CERSA.
Importe nominal máximo del aval y plazo:
- El porcentaje máximo del reaval será de 80 p.p.
- El porcentaje variará en cada operación para complementar el reaval aportado a CERSA por el Fondo Europeo de Inversiones, sin exceder conjuntamente los 90 p.p.
- El plazo del aval coincidirá con el plazo del reaval aprobado por CERSA hasta un máximo de 8 años.
Comisión de gestión y administración:
0,05 % flat, calculada sobre el volumen de la cartera avalada prorrateada cinco años para empresas no emisoras en MARF y prorrateada dos años para emisiones en MARF
Periodo de solicitud:
Los avales podrán solicitarse al ICO hasta el 1 de junio de 2021.
Para todos los casos, la línea está sujeta a la normativa sobre ayudas del Estado de la Unión Europea.
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