Convenio de Colaboración Afín SGR y Apertura de la Línea de Ayudas Directas GVA

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El 23 de enero de 2025 se ha publicado el Convenio de Colaboración entre la Conselleria de Hacienda y Economía y la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunitat Valenciana (Afín SGR), que regula su actuación como entidad colaboradora para gestionar las ayudas directas establecidas en el Decreto 190/2024, de 17 de diciembre.

Por su parte, Afín SGR ha sido designada como entidad colaboradora mediante la Resolución de 16 de enero de 2025, publicada el 21 de enero. A continuación se detallan los aspectos más relevantes del decreto de ayudas directas.

Beneficiarios de las ayudas

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas o jurídicas con al menos un trabajador contratado, sociedades civiles, comunidades de bienes, asociaciones con actividad económica, cooperativas, agrupaciones de interés económico (AIE), uniones temporales de empresas (UTE) y empresas de economía social. Las entidades deberán haber sido afectadas por la DANA, ya sea por estar localizadas en municipios afectados o por haber sufrido daños directos a sus activos.

Para optar a estas ayudas es necesario haber formalizado, o tener pendiente de formalización, operaciones de financiación con entidades financieras después del 29 de octubre de 2024, cumpliendo además con los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003 (general de subvenciones) y las siguientes condiciones específicas:

  • Préstamos a tipo fijo con una comisión máxima de apertura del 0,5 %, sin comisión de estudio.
  • Tipos de interés nominal máximos:

o    De 1 a 5 años: 3,1 %.

o    De más de 5 a 8 años: 3,25 %.

o    Más de 8 años: 3,50 %.

    • Las operaciones de circulante deben tener un plazo mínimo de un año. En su caso, las novaciones no supondrán un incremento de la ayuda.
  • Aval de una sociedad de garantía recíproca con mayoría de socios en la Comunitat Valenciana, con comisiones limitadas: 1,16 % anual máximo para el aval y 0,5 % máximo para el estudio.
  • Las cuotas al capital social de la sociedad de garantía recíproca como socio partícipe no deben superar los promedios previos al 29 de octubre de 2024.
  • Reafianzamiento del 50 % como mínimo por una sociedad de reafianzamiento, según lo establecido en la Ley 1/1994.
  • Los préstamos deben financiar proyectos de inversión o circulante vinculados a la DANA en centros productivos ubicados en la Comunitat Valenciana.
  • Quedan excluidos los beneficiarios con deudas pendientes de reintegro por ayudas previas otorgadas por la Generalitat.

Compatibilidades e incompatibilidades:

Los beneficiarios de ayudas a costes financieros no podrán recibir ayudas similares convocadas por la Generalitat u otras administraciones públicas para la misma operación o proyecto. No obstante, estas ayudas son compatibles con otras que no cubran costes financieros relacionados con las operaciones acreditadas.

Dotación y presentación de solicitudes:

La línea de ayudas cuenta con un presupuesto de 23,2 millones de euros y se gestiona bajo el régimen de ayudas de Estado (sujetas a minimis).

El plazo para presentar solicitudes se abre el 24 de enero de 2025 y permanecerá activo hasta agotar la dotación presupuestaria.

Las solicitudes deben tramitarse exclusivamente a través de la página web: https://afinsgr.es.

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