El Ministerio de Sanidad aprobó ayer la Orden SND/325/2020 que contiene diversas disposiciones relativas al sector de la regulación de seguridad industrial y metrológica. Mediante esta Orden se prorroga automáticamente, hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas, de los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos en el ámbito de la seguridad industrial y de los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
Igualmente, la Orden aclara la aplicación en este sector de actividad del permiso retribuido recuperable, salvo cuando se trate de servicios considerados esenciales según el recogido en el RDL 10/2020, de 29 de marzo.
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