Se ha aprobado y publicado el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases. Este decreto realiza algunas modificaciones relativas a las obligaciones de planificación en materia de prevención de envases, y en particular, en los Planes Empresariales de Prevención de Envases regulados conforme la Ley 11/1997, ahora derogada.
– Los planes empresariales de prevención ya aprobados, o pendientes de aprobación, antes de la entrada en vigor del RD 1055/2022, se regirán por lo establecido en la Ley 11/1997 durante el periodo de vigencia del plan.
– Los planes cuya vigencia concluye en el ejercicio 2022, se rigen por el Real Decreto 1055/2022 deben elaborar y aplicar un Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño quinquenal conforme lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto.
El artículo 18 no contempla que el Plan deba presentarse ni aprobarse por la autoridad competente de la comunidad autónoma. Por tanto, de momento y sin tener aún normativa de desarrollo autonómico, las empresas que conforme el artículo 18.1. están obligadas a elaborar y aplicar un Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño, no tendrán que presentarlo ante la conselleria, aunque deberá estar a disposición de las autoridades competentes de la comunidad autónoma para el ejercicio de sus competencias de seguimiento, inspección y control.
Por otra parte, conforme indica la GVA en su nota informativa (pinchar aquí), deja de ser vigente la obligación relativa a la Declaración Anual de Envase y Residuos de Envases remitida a la Conselleria y conforme el artículo 15 y 16 del Real Decreto 1055/2022, los productores de productos envasados (según se definen en su artículo 2.t) deben inscribirse en el Registro de Productores de Producto (sección de envases) en los términos establecidos y deben remitir la información al Ministerio de los envases que hayan introducido en el mercado en cada año natural. (Nota: los datos del ejercicio 2021 entre los meses de mayo y julio de 2023 (ambos incluidos), los datos del ejercicio 2022 entre los meses de agosto y octubre de 2023 (ambos incluidos) y los siguientes años antes del 31 de marzo del año siguiente al año de reporte).