PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PARA EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA DE OCTUBRE DE 2024
1. La presente línea de financiación que tiene coma finalidad apoyar financieramente a aquellas empresas que hayan resultado afectadas par la DANA de octubre de 2024 y cuenten con instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de las municipios afectados par el temporal, en concreto todas las acciones encaminadas a la reparación de las daños sufridos coma consecuencia de la DANA ya la recuperación de la actividad.
2. El importe previsto para esta línea de financiación asciende a doscientos millones de euros.
3. La financiación objeto de la presente convocatoria esta bonificada y, conforme a la normativa de ayudas de estado aplicable, se aprueba con un .
Forma de presentación de solicitudes.La solicitud de financiación se cumplimentara en la sede electrónica del IVF a la que se accederá a través de la web de http://prestamos.ivf.es, de acuerdo con el modelo de solicitud que figura como Anexo Ill de la presente convocatoria.
2. El importe previsto para esta línea de financiación asciende a doscientos millones de euros.
3. La financiación objeto de la presente convocatoria esta bonificada y, conforme a la normativa de ayudas de estado aplicable, se aprueba con un .
Forma de presentación de solicitudes.La solicitud de financiación se cumplimentara en la sede electrónica del IVF a la que se accederá a través de la web de http://prestamos.ivf.es, de acuerdo con el modelo de solicitud que figura como Anexo Ill de la presente convocatoria.
Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la presente Convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. Se podrán presentar solicitudes hasta que se agote el presupuesto indicado en el artículo primero de esta Convocatoria, o hasta que, mediante Resolución del director general se declare el cierre de la línea.
3. Para general conocimiento el IVF publicara en su pagina web la fecha en la que se cerrara la convocatoria par la circunstancia expresada en el punto anterior.
2. Se podrán presentar solicitudes hasta que se agote el presupuesto indicado en el artículo primero de esta Convocatoria, o hasta que, mediante Resolución del director general se declare el cierre de la línea.
3. Para general conocimiento el IVF publicara en su pagina web la fecha en la que se cerrara la convocatoria par la circunstancia expresada en el punto anterior.
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