Contestación de la Directora General de Salud Pública y Adicciones, Ofelia Gimeno, a las siguientes cuestiones planteadas desde la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana, en referencia a la forma de proceder de las empresas que decidan realizar pruebas diagnósticas del coronavirus a sus trabajadores.
“Las empresas que tienen la necesidad de poder asegurar la prevención de sus trabajadores y familiares, así como ante sus clientes, mediante la realización de pruebas diagnósticas de coronavirus necesitan conocer la forma de actuar. Para ello, le agradeceríamos respuesta a las siguientes cuestiones:
- Como se inicia el procedimiento
- A través de qué facultativo, médico de empresa, médico de la mutua, médico de familia, et., obtienen la prescripción para la realización de las pruebas.
- Que laboratorios son los autorizados para la realización de las pruebas.
- De cuantas pruebas y su tipología, tiene el procedimiento que se recomienda por sanidad.
- Qué y cómo debe comunicar la empresa a sanidad.
- A quién corresponde pagar el coste del procedimiento.
- En el caso de contagio producido por un trabajador de una empresa, que tipo de responsabilidad podría caer en el empresario.
Y cualquier otro punto que podáis considerar que ayude al buen hacer del empresario en relación al covid-19”.
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