Con la derogación del Real Decreto ley 9/20204, de 23 de diciembre, las medidas aprobadas en diciembre cesarían automáticamente, pero no se anularían los efectos producidos durante el tiempo de vigencia de esta norma.
MEDIDAS LABORALES derogadas:
– Revalorización de pensiones contributivas y de Clases Pasivas: Incremento del 2,8% respecto a 2024, basado en la media del IPC interanual.
– Cuantías máximas y mínimas de pensiones:
- Límite máximo de pensiones públicas: 3.267,60€ mensuales o 45.746,40€ anuales.
- Pensiones no contributivas: 7.905,80€ anuales.
- Pensiones contributivas mínimas ajustadas según situación familiar y tipo de pensión.
– Cotización adicional de solidaridad: Aplicable a retribuciones superiores a la base máxima de cotización para trabajadores por cuenta ajena.
– Pluriactividad de autónomos: Derecho a reintegro del 50% del exceso de cotización por contingencias comunes que supere los 16.672,66€, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas.
– Protección al empleo:
- Empresas beneficiarias de ayudas directas no podrán justificar despidos por aumento de costes energéticos.
- Prohibición de despidos por causas relacionadas con la guerra en Ucrania para empresas que utilicen medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos con apoyo público.
– Prórroga del SMI para 2024: Hasta la aprobación del nuevo decreto para 2025, garantizando la continuidad del diálogo social.
– Aportación adicional en cotizaciones: Se establece una cotización del 0,80%, distribuida entre empresa (0,67%) y trabajador (0,13%).
– Reformas en cotización para autónomos: No habrá regularización de cuotas anuales para trabajadores con sistemas intercooperativos de prestaciones sociales.
– Adaptación a expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE): Condiciones de mantenimiento de empleo extendidas entre 6 meses y 2 años posteriores al ERTE.